¿Desea ejercer un recurso jerárquico ante un acto administrativo emanado de la Alcaldía?

¿Desea ejercer un recurso jerárquico ante un acto administrativo emanado de la Alcaldía?

¿En que consiste?

Impugnar un acto administrativo ante el superior jerárquico del órgano que lo dictó.

¿Cuál es su modalidad?
presencial
¿Quiénes pueden participar?
Personas naturales o jurídicas.
¿Cuáles pasos debo seguir?

La persona natural o jurídica con cualidad de interesado podrá interponer un recurso jerárquico ante el despacho del, por lo que deberá, Acudir a la sede de la Sindicatura Municipal y Consignar el escrito, según las discusiones de lo previsto en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

¿Qué documento debo consignar?

La persona natural o jurídica con cualidad legal sólo debe consignar:

  1. Escrito de recurso jerárquico, en cabal cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
  2. Fotocopia de la resolución que le anuncia la posibilidad de interponer el recurso jerárquico.
  3. Fotocopia de la Cédula de Identidad, si es persona natural o documento que le acredite la facultad si es persona jurídica.
  4. Si actúa en representación del recurrente debe consignar poder debidamente notariado o registrado.
¿Tiene algún costo?
Es totalmente gratuito.
¿Cuál es su vigencia?
No aplica.

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